Prestaciones Sociosanitarias
Tienen por objeto la protección de situaciones de necesidad fundadas en contingencias relacionadas con la salud o calidad de vida de los asegurados, siempre que éstos no tengan derecho a su cobertura al amparo de las prestaciones de asistencia sanitaria que ofrece el Instituto, y cuyo coste genere una especial situación de necesidad atendiendo a sus circunstancias socioeconómicas.
Apartado 3 de la Instrucción 4B0/19544/2009, de 2 de diciembre
Son prestaciones Sociosanitarias:
Atención a personas drogodependientes
Ayuda para el ingreso en centros especiales a fin de seguir tratamientos de deshabituación por drogadicción o alcoholismo, durante un periodo de seis meses con posibilidad de prórroga por otros seis meses como máximo (en 2010 el importe máximo de la ayuda es de 147,62 euros al mes).
Apartado 3.1 de la Instrucción 4B0/19544/2009, de 2 de diciembre
Formulario de Solicitud Ayuda drogodependientes
Atención a personas discapacitadas
Tratamientos especiales
Ayudas destinadas a titulares y beneficiarios menores de 18 años que acrediten padecer un menoscabo igual o superior al 25% susceptible de mejora mediante tratamiento en centro especializado (el importe máximo de la ayuda para 2010 es de 147,62 euros al mes).
Apartado 3.2 de la Instrucción 4B0/19544/2009, de 2 de diciembre
Formulario de Solicitud Tratamientos especiales discapacitados
Terapia de mantenimiento y ocupacional
Ayuda dirigida a asegurados que acrediten padecer una discapacidad igual o superior al 33% y precisen este servicio para su desarrollo personal y su integración sociolaboral (el importe máximo de la ayuda para 2010 es de 147,62 euros al mes).
Apartado 3.2 de la Instrucción 4B0/19544/2009, de 2 de diciembre
Formulario de Solicitud Terapia mantenimiento y ocupacional minusválidos
Atención de enfermos crónicos
Ayudas para la adquisición de determinados artículos tales como cama articulada, colchón antiescaras, grúa elevadora de enfermos, elevador de W.C, asiento giratorio de bañera, adaptación de vehículos a motor, la eliminación de barreras arquitectónicas y otras ayudas técnicas a valorar por el ISFAS, que funden su necesidad en una discapacidad grave. La ayuda económica tiene unos límites máximo y mínimo y consisten en el reintegro de un porcentaje del coste real acreditado, en función del nivel de recursos de unidad familiar.
Apartado 3.3 de la Instrucción 4B0/19544/2009, de 2 de diciembre
Formulario de Solicitud Atención de enfermos crónicos
Normativa Reguladora
Instrucción 4B0/19544/2009, de 2 de diciembre, de la Gerencia del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se regulan las prestaciones sociales del ISFAS (B.O.D nº 244, de 16 de noviembre)
Instrucción 150/2007, de 10 de diciembre, de la Secretaria General Gerente del ISFAS, por la que se regulan las prestaciones sociales (B.O.D. nº 253, de 31 de diciembre), modificada por Instrucción 4B0/03697/2009, de 3 de marzo, de la Secretaría General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas. (Vigente hasta 31 de diciembre de 2009)
Resolución 4B0/18364/2008, de 30 de octubre, de la Secretaría General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se fijan las cuantías de las prestaciones sociales para el año 2009, así como las normas y los plazos para las que precisen renovación. (Vigente hasta 31 de diciembre de 2009)

